La Comunidad de Madrid ha hecho algunos cambios en los requisitos para poder acceder a la ayuda de 500 euros mensuales para madres menores de 30 años, que el Gobierno regional puso en marcha el 1 de enero.
Esta medida forma parte de la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-2026, con un presupuesto de casi 5.000 millones de euros para aumentar el número de nacimientos y evitar cualquier impedimento que dificulte estos planes familiares.
El Consejo de Gobierno aprobó el pasado 21 de diciembre una modificación en las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas. Hasta ahora, los solicitantes debían acreditar que habían residido en algún municipio de la región sin interrupción durante cinco años previos a presentar la instancia. Sin embargo, se ha flexibilizado este criterio y ahora será suficiente con que hayan estado empadronados dentro de los últimos diez años, aunque no consecutivamente.
La consejera de Familia, Juventud y Política Social, Concepción Dancausa, ha manifestado que quieren que las madres y adoptantes de Madrid que hayan estado fuera de la región por motivos laborales o académicos también puedan obtener esta ayuda. Además, se extiende el plazo para presentar solicitudes, pasando de uno a tres meses para facilitar más el proceso de entrega de documentación.
Desde el 1 de enero hasta el 14 de diciembre, se han presentado 9.593 solicitudes para acceder a una prestación, lo cual equivale a un promedio de 28 al día. De ellas, 5.464 ya han sido concedidas, mientras que 2.004 están pendientes de resolución o esperando que se complete la documentación requerida. El plazo para resolver estos trámites es de 3 meses desde su presentación. El resto no cumplían con los requisitos establecidos y han sido denegadas.
Las mujeres embarazadas a partir de la semana 21 y las madres que hayan tenido un hijo, así como aquellas personas que hayan adoptado un menor desde el 1 de enero de este año con edad hasta los 30 años, pueden solicitar una ayuda económica. Esta cantidad se incrementará por cada niño adicional en caso de múltiples gestaciones, nacimientos o adopciones. El abono se extenderá hasta el último día del mes en el que el menor cumpla dos años, excepto para las adopciones, en las que no se tendrá en cuenta la edad del menor, sino que empezará con la inscripción de la adopción en el Registro Civil.
Las subvenciones pueden alcanzar los 14.500 euros por hijo o menor adoptado. Estas ayudas son compatibles con cualquier trabajo remunerado por cuenta propia o ajena, siempre que la renta anual de tributación individual no supere los 30.000 euros ni la renta conjunta de toda la familia los 36.200 euros. Además, se pueden combinar con las ayudas a la maternidad ofrecidas por otras administraciones.
La Comunidad de Madrid ofrece ayudas económicas para la natalidad y aquí se pueden encontrar los formularios para solicitarlas.